El Bono de Pago por Indemnización o mejor conocido como BPI. Es una obligación de pago y un reconocimiento de deuda contraída por el Estado de Nicaragua, según consta en la "Ley de Bonos Estatales de la República de Nicaragua", publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.5 del 9 de Enero de 1981 y de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto No. 56-92, publicado en La Gaceta No. 198, del 16 de Octubre de 1992. Donde el Gobierno indemnizo a los dueños de propiedades que fueron expropiados por la reforma agraria en la década de los 80 y que era imposible realizarse una devolución al dueño original. Los BPI son puestos en circulación desde 1993 y han sido emitidos en la medida que la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones analiza, cuantifica, certifica y remite cada caso a la Tesorería General de la República. Al día de hoy se han emitido alrededor de 1,300 millones de dólares en estos bonos.
Características de los BPI son:
Plazo, 15 años
Pagan un interés de 3% capitalizables aplicado a los primeros 2 años; 4.5% para los siguientes 5 años; 5% para los siguientes 8 años.
Los cupones de los intereses se pagan cada 1ro de Febrero y Agosto después de su segundo año de vida.
Las amortizaciones se pagan todo los primeros de Febrero de cada año, a partir del año once hasta completar el quinceavo año.
Estos títulos llevan la más avanzada técnica de seguridad utilizada en los Títulos Valores de Mercados Internacionales.
Las utilidades generadas por el BPI son exentas de impuesto.